El juzgado de lo Penal número tres de Jaén ha ordenado la demolición de una edificación realizada sin contar con la correspondiente licencia municipal y en una zona calificada como terreno no urbanizable.
En la sentencia, consultada por Europa Press, se especifica que Serafín J.F. levantó una vivienda en el paraje conocido como Fuente de la Zara del término municipal de la capital jiennense y todo pese a que carecía de la perceptiva licencia.
Además, el juzgado puntualiza que estas obras no pueden ser legalizadas toda vez que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) califica este suelo como no urbanizable, un suelo en el que solamente están permitidas las construcciones ligadas a la explotación agropecuaria.
La defensa alegó que la construcción se terminó en el año 2003 y que solicitó la licencia, tras lo que le fue concedida, si bien esa licencia fue pedida para la construcción de una caseta para almacenamiento de aperos, no para una vivienda como acabó edificando.
De hecho, el juzgado entiende que está acreditado que la construcción de la vivienda tenía fines residenciales, admitido así por el propio procesado, y no el objetivo de la explotación agropecuaria, por lo que considera que "se ha vulnerado gravemente la normativa urbanística vigente, no pudiendo repararse la legalidad urbanística vulnerada si no es con la demolición".
Por tanto, condenó a Serafín J.F. por un delito contra la ordenación del territorio a la pena de medio año de prisión, le inhabilita para la profesión u oficio de promotor durante medio año, le impone una multa de 2.160 euros y, finalmente, ordena la demolición de la vivienda.